Registro virtual de visitas de la Zona Arqueológica Caral

Transparentando la función pública.

En cumplimiento de la Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública (Ley n°. 28024), la Zona Arqueológica Caral, Unidad Ejecutora 003 del Ministerio de Cultura, cumple con informar a la ciudadanía en general que pueden acceder, de manera virtual, al registro de las visitas que reciben los funcionarios y servidores que laboran en esta institución, ingresando al portal de Registro de Visitas de las Entidades del Estado peruano.

De esta manera, cualquier ciudadano puede fiscalizar en tiempo real las visitas que reciben los colaboradores de la ZAC, fomentamos la integridad y transparencia de su actuación en el cumplimiento de sus funciones, y luchamos contra la corrupción.

Las visitas que se registran están categorizadas en cuatros posibles motivos: reunión de trabajo, provisión de servicios, gestión de intereses y otros motivos, debiéndose especificar en este último caso si la visita corresponde a un acto público/protocolar, motivo académico o visita personal.

Dichas visitas deberán ser autorizadas y validadas por los servidores y funcionarios que las reciban, independientemente de si hubieran sido o no programadas. Asimismo, se debe especificar el nombre del visitante y del funcionario que recibe la vista, los cargos, la hora de entrada y de salida.

Fuente: Comunicación e Imagen Institucional ZAC

Fecha de publicación: 01/12/2022